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Principales pronunciamientos jurisprudenciales difundidos del 23 al 29 de Marzo del 2025

Principales pronunciamientos jurisprudenciales difundidos del 23 al 29 de Marzo del 2025

Principales pronunciamientos jurisprudenciales difundidos del 23 al 29 de Marzo del 2025

Detallamos a continuación los principales pronunciamientos jurisprudenciales difundidos del domingo 23 al sábado 29 de Marzo del 2025 en la sección Derecho del Diario Oficial El Peruano.

Miércoles 26 de Marzo del 2025

Criterios usados para diferenciar los sueldos requieren explicación

Los criterios objetivos de diferenciación remunerativa deben ser debidamente explicados dentro de la política salarial, siendo insuficiente únicamente enunciarlos. 

Este constituye el principal lineamiento jurisprudencial administrativo que se desprende de la Resolución N° 0047-2025-SUNAFIL/TFL- Primera Sala emitida por la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), advierte Osterling Abogados al dar cuenta de esta decisión administrativa en su reciente Alerta Laboral.

Con dicha resolución el Tribunal de la Sunafil declaró infundado un recurso de revisión interpuesto por una compañía minera dentro un procedimiento sancionador. Conozca la nota aquí

Viernes 28 de Marzo del 2025

El cambio del lugar de trabajo requiere sustento razonable

El empleador invocando el ius variandi, entendido como la potestad que tiene de variar, dentro de ciertos límites, las condiciones, forma y modo de la prestación de servicios laborales, puede modificar las funciones a ser desempeñadas por el trabajador y, por ende, trasladarlo a un lugar distinto de aquel en el que preste habitualmente servicios para que desde allí cumpla sus labores.

No obstante, este cambio deberá ser justificado conforme al criterio de razonabilidad; de lo contrario, se configuraría un acto de hostilidad equiparable al despido, de acuerdo con los literales c y g del artículo 30° del Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL), aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR.

Este constituye el principal lineamiento jurisprudencial que se desprende de la sentencia correspondiente a la Casación Laboral Nº 22392–2021 Moquegua, emitida por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, con la cual declara infundado aquel recurso interpuesto dentro de un proceso ordinario de cese de actos de hostilidad. Conozca la nota aquí

Fuente: El Peruano

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