Los internos de los establecimientos penitenciarios tendrán la posibilidad de acceder a estudios de educación superior, mediante programas especiales en la modalidad a distancia o no presencial, con la finalidad de coadyuvar a su resocialización.
Esto en aplicación de la Ley N° 31840, publicada hoy en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, con la cual se oficializa la decisión del Congreso de la República de ampliar el acceso de los internos de los penales a la educación superior.
Para tal efecto, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) y el Ministerio de Educación (Minedu), en coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), en un plazo de 90 días calendario, diseñarán y aprobarán las características y requisitos de los programas especiales de educación superior conducentes a grado académico dirigidos a los internos en establecimientos penitenciarios.
Los programas especiales en la modalidad a distancia o no presencial estarán exonerados de los requisitos de presencialidad establecidos en el artículo 47 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, o en el artículo 11 de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.
Por consiguiente, las universidades o los institutos y escuelas de educación superior, licenciados, podrán solicitar ante la Sunedu o ante el Minedu, según corresponda, la autorización para brindar los referidos programas especiales.
Además, las universidades o los institutos y escuelas de educación superior podrán suscribir convenios de cooperación interinstitucional con el Inpe, a fin de implementar los referidos programas especiales en los centros penitenciarios, correspondiendo al director del establecimiento penitenciario poner en conocimiento de los internos tales convenios.
De acuerdo con la norma, los internos podrán solicitar al director del establecimiento penitenciario acceder a los programas especiales disponibles, solicitud que deberá ser remitida por el director a la Dirección de Tratamiento Penitenciario, la que evaluará su procedencia conforme a los criterios que se definan en el reglamento correspondiente. La decisión favorable será comunicada a la institución educativa para que evalúe su admisión.
El Inpe, de conformidad con la normativa vigente, establecerá las condiciones de seguridad para la implementación y la ejecución de los programas especiales y corresponderá al Poder Ejecutivo, reglamentar lo establecido en la citada ley en un plazo de 90 días calendario.