Comercio ilegal de celulares promueven Norma contra este problema
Comercio ilegal de Celulares: El Poder Ejecutivo dispuso la modificación del Código Penal con el objetivo de fortalecer la lucha contra el comercio ilegal de equipos móviles, así como los delitos conexos a este.
Que nos dice el Decreto Legislativo N.º 1578
De acuerdo con la norma, el robo del «equipo terminal móvil, teléfono celular, equipo o aparato de telecomunicaciones, red o sistemas de telecomunicaciones u otro bien de naturaleza similar» se condenará con una pena privativa de libertad no menor de 12 ni mayor de 20 años
Si el robo se comete utilizando:
- material o artefactos explosivos
- vehículos motorizados
La pena privativa de libertad será no menor de 20 ni mayor de 30 años.
«La pena será de cadena perpetua cuando el agente actúe en calidad de integrante de una organización criminal, o si, como consecuencia del hecho, se produce la muerte de la víctima o se le causa lesiones graves a su integridad física o mental”
Artículo 189 de la referida norma.
En esa línea, se dispone también que aquella persona que «clone, o de cualquier modo modifique un número de línea, o identificador de la tarjeta SIM, o identificador de la Identidad Internacional del Abonado Móvil o del IMEI o MAC lógico o físico o de cualquier otro dispositivo similar” será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años, con 60 a 365 días multa.
«El que tenga bajo su disposición, en exhibición para su distribución, o para la venta o comercialización, equipos terminales móviles, número de línea, o de serie electrónico, o de serie mecánico, o de IMEI lógico o físico, alterado, reemplazado, duplicado o de cualquier modo modificados, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años, e inhabilitación«
señala el último artículo.