¿Cuándo se puede desalojar a un inquilino?
Desalojar a un inquilino bajo el amparo de la Ley 30933, este tendría que haber incumplido con la fecha del pago de renta acordada en el contrato y, de no haberse establecido alguna, el periodo automático de incumplimiento sería de 2 meses y medio. Además, también se podría retirar al arrendatario si el plazo del contrato de alquiler vence.
¿Tu inquilino no paga el alquiler a pesar que venció su contrato y no quiere retirarse?
Alquilar un departamento o un inmueble es uno de los negocios que más auge ha cobrado en los últimos años para generar ganancias. En algunos casos, esto puede ser una completa tortura si existen deudas de por medio.
El Poder Judicial señala que:
Los propietarios que alquilen sus inmuebles podrán ampararse bajo los alcances de la Ley N° 30933 para recuperarlos con mayor celeridad.
En ese sentido, el contrato de arrendamiento debe contener una cláusula de allanamiento a futuro para la restitución del bien inmueble por razones de:
- El vencimiento del plazo de contrato
- Falta de pago de la renta.
Además, una cláusula de sometimiento expreso a lo establecido por dicha ley para que el notario constate las causales de vencimiento del plazo del contrato o la resolución por falta de pago de la renta, y el juez de paz letrado ordene y ejecute el desalojo.
Por último, deberá tener una cuenta de abono en una entidad financiera supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), para que el arrendatario abone la renta pactada.
El solicitante tiene el derecho a tramitar el procedimiento de desalojo con intervención notarial, ante el notario de su libre elección de cualquier distrito dentro de la provincia en la que se encuentra el inmueble materia de desalojo.