La medida rige para los sectores público y privado debido a la realización del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), del cual nuestro país es anfitrión por tercera vez.
La Presidencia del Consejo de Ministros emitió este viernes un decreto supremo que declara como no laborables los días 14, 15 y 16 de noviembre de este año «a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao» por la realización del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), del cual nuestro país es sede por tercera vez.
La medida fue oficializada con su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y lleva las rúbricas de la presidenta Dina Boluarte; el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén; la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Úrsula León; el ministro de Relaciones Exteriores, Elmer Schialer; y el ministro de Trabajo, Daniel Maurate.
Medida rige para los sectores público y privado
Según dispone el referido decreto supremo, la medida rige «para los trabajadores de los Sectores Público y Privado». No obstante, para ambos casos, se dispone que las horas no laboradas estarán sujetas a compensación.
Para el sector público, «las horas dejadas de laborar durante los días no laborables (…) son compensadas en los quince (15) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad o forma que establezca el Titular de cada entidad pública, en función de las necesidades de la entidad».
En cuanto al sector privado, se indica que la compensación será «mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establece la forma como se hace efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo, decide el empleador».
Asimismor, el gobierno estableció que los titulares de las entidades del sector público deberán «adoptan las medidas necesarias para garantizar a la comunidad, durante los días no laborables (…) la provisión de aquellos servicios que resultan indispensables para la sociedad».
«Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que brindan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos, están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables (…), y los trabajadores respectivos que continúan laborando, a fin de garantizar la provisión de servicios a la comunidad», refiere el decreto.